LEYES ORGÁNICAS: frente a la ley ordinaria, es aquella prevista en la Constitución Española de 1978 que requiere el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del congreso de los diputados en una votación final sobre el conjunto del proyecto para ser aprobada. EJ: Ley orgánica de Educación
LEYES ORDINARIAS: es la norma legal que constituye, generalmente, el segundo escalón en la jerarquia juridica de las leyes de un Estado, tras la constitución y paralelamente a las leyes orgánicas u otras equivalentes (que suelen poseer requisitos extraordinarios para su aprobación y versan sobre materias especiales), de mismo rango jerárquico y distintas a nivel competencia.
REAL DECRETO: es una norma jurídica con rango de reglamento que emana del poder ejecutivo (el Gobierno) en nombre del Rey de España y en virtud de las competencias prescritas en la Constitución.
ORDEN MINISTERIAL: es una norma de rango reglamentario que emana de cualquiera de los Ministros del Gobierno de España.Jerárquicamente se sitúan por debajo del Real Decreto del Presidente del Gobierno, y del Real Decreto del Consejo de Ministros.
RESOLUCIÓN.
INSTRUCCIONES
DECRETO LEY: es una norma con rango de ley, emanada del poder ejecutivo, sin que necesariamente medie intervención o autorización previa de un Congreso o Parlamento.
LEYES AUTONÓMICAS: La ley autonómica es aprobada por el Parlamento autonómico de una Comunidad Autónoma de España, para regular una materia en el marco de sus competencias.
DECRETO.
ORDEN
RESOLUCIÓN
INSTRUCCIONES
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